D. S. N° 230-2011-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 a favor del Ministerio de Educación, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la implementación de la Ley N° 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública Magisterial - CPM - MINEDUMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 a favor del Ministerio de Educación, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la implementación de la Ley N° 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública Magisterial DECRETO SUPREMO N° 230-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2009-EF, se fijó el monto de la Remuneración Integra Mensual - RIM correspondiente al Primer (I) Nivel Magisterial dispuesto por la Ley N° 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado, en lo referido a la Carrera Pública Magisterial; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 065, 199 y 423-2010-ED se convocaron concursos públicos para el nombramiento de profesores en el Área de Gestión Pedagógica bajo el régimen de la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la carrera pública magisterial; asimismo, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 200 y 422-2010-ED se convocaron concursos públicos para nombrados según el régimen de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado modificada por la Ley Nº 25212, en plazas orgánicas presupuestadas de Educación Básica y Técnico Productiva; Que, mediante Decreto Supremo N° 152-2011-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 774 342,00), para financiar el pago diferencial de la remuneración de 3 061 docentes incorporados en los niveles II, III, IV y V de la Carrera Pública Magisterial, en el marco de la Resolución Ministerial Nº 0200-2010-ED; y mediante Decreto Supremo N° 200-2011-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de CUARENTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 808 363,00), para financiar el pago diferencial de la remuneración de 10 294 docentes incorporados en los niveles I, II, III, IV y V de la Carrera Pública Magisterial, en el marco de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 065, 199, 422 y 423-2010-ED, entre otras; Que, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y el Ministerio de Educación han reportado el ingreso de 892 docentes a los niveles I, II, III, IV y V de la Carrera Pública Magisterial, en el marco de las Resoluciones Ministeriales citadas en el considerando precedente y según información actualizada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, los cuales serían adicionales a los docentes reportados y cuya remuneración diferencial ha sido financiada mediante los Decretos Supremos Nºs. 152 y 200-2011-EF antes mencionados, quedando pendiente el financiamiento del pago diferencial de la remuneración de los referidos 892 docentes, lo que asciende a un costo ascendente a UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 951 113, 00); Que, de otro lado, las citadas entidades han reportado 48 docentes nombrados, en el marco de la Resolución Ministerial Nº 065-2010-ED, pertenecientes a instituciones educativas unidocentes, según información actualizada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, respecto de los cuales se encuentra pendiente el financiamiento del concepto de "Asignación por Diferencia de Jornada", por el importe de CUATROCIENTOS SESENTA MIL Y DOSCIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 460 203,00); Que, adicionalmente, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y el Ministerio de Educación han reportado la existencia de 1 337 docentes que cuentan con encargaturas de función directiva y/o jerárquica, según información actualizada en el referido Aplicativo Informático, respecto de los cuales se encuentra pendiente el financiamiento de la asignación que corresponde por dichas encargaturas, de acuerdo al numeral 46.3 del artículo 46° de la Ley Nº 29062, cuyo monto ascendente a NUEVE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 283 002,00); Que, en la Reserva de Contingencia del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas existen recursos que permiten financiar el pago diferencial de la remuneración al mes de diciembre del presente año fiscal de 2 277 docentes de los niveles I, II, III, IV y V de la Carrera Pública Magisterial, conforme a lo indicado en los considerandos precedentes, pertenecientes a los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales con competencias transferidas en el marco del Plan Piloto de Municipalización, de acuerdo al Decreto de Urgencia Nº 044-2009 y los Decretos Supremos Nºs. 130 y 201-2009-EF, así como al pliego 010: Ministerio de Educación, por lo que resulta pertinente autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 hasta por la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 694 318,00) a favor de los citados pliegos; recursos que no han sido considerados en los presupuestos institucionales de los mismos, autorizados en la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; De conformidad con lo establecido por el artículo 45° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 694 318,00), para financiar el pago diferencial de la remuneración de 2 277 docentes incorporados en los niveles I, II, III, IV y V de la Carrera Pública Magisterial, conforme al Anexo - "Transferencia de partidas - número de plazas docentes y montos por pliego habilitado" que forma parte del presente Decreto Supremo y que se publica en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de la publicación oficial de la presente norma; de acuerdo al siguiente detalle: [VER CUADRO ADJUNTO] Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el Artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del Artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el Artículo 1º del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Educación y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas PATRICIA SALAS O'BRIEN Ministra de Educación [El Peruano: 15/12/2011] EDUCACIONENRED.COM |