RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 462-PE-ESSALUD-2012 - Modifican la Res. Nº 1321-PEESSALUD-2011 a fin de incluir al Defensor del Asegurado y al Jefe del Órgano de Control Institucional como funcionarios responsables de brindar información de acceso públicoMINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO - MINTRA
Modifican la Res. Nº 1321-PEESSALUD-2011 a fin de incluir al Defensor del Asegurado y al Jefe del Órgano de Control Institucional como funcionarios responsables de brindar información de acceso público RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 462-PE-ESSALUD-2012 Lima, 24 de mayo del 2012 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, el Estado tiene la obligación de entregar información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, por lo que la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, el literal b) del artículo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece como obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; Que, con Resolución de Gerencia General Nº 1406-GGESSALUD-2009, se aprobó la Directiva Nº 016-GG-ESSALUD-2009 "Normas para la atención de solicitudes de acceso a la información pública del Seguro Social de Salud - ESSALUD"; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 1321-PE-ESSALUD-2011 se dejó sin efecto el numeral 3 de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia General Nº 1406-GG-ESSALUD-2009, y se estableció el listado de funcionarios responsables de brindar información a la que se refiere el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 en el ámbito de la Sede Central, entre ellos los cuales se encuentra el Secretario General, el Jefe de Oficina de Administración, el Gerente Central de Prestaciones de Salud, el Gerente Central de Prestaciones Económicas y Sociales, el Gerente Central de Aseguramiento, el Gerente Central de Infraestructura y el Jefe de la Oficina Central de Promoción y Gestión de Contratos de Inversiones; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 322-PE-ESSALUD-2011, se aprobó la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Asegurado; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 108-PE-ESSALUD-2007, se aprobó la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones del Órgano de Control Institucional; Que, en ese sentido, resulta conveniente incluir al Defensor del Asegurado y al Jefe del Órgano de Control Institucional de ESSALUD, como funcionarios responsables de atender las solicitudes de acceso a la información que posean o produzcan dichas dependencias; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del pliego presupuestal, y le compete organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la Institución; Estando a lo propuesto y en eso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. MODIFICAR el numeral 2 de la parte resolutiva de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 1321-PE-ESSALUD-2011, a efectos de incluir al Defensor del Asegurado y al Jefe del Órgano de Control Institucional como funcionarios responsables de brindar la información a que se refiere el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en el ámbito de la Sede Central de ESSALUD, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "2. ESTABLECER que los funcionarios responsables de brindar la información a que se refiere el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en el ámbito de la Sede Central son: • El Secretario General, respecto a la información que posea o produzca la Alta Dirección (Consejo Directivo, Presidencia Ejecutiva y Gerencia General), la Oficina Central de Tecnología de la Información y Comunicaciones, Oficina Central de Planificación y Desarrollo, Oficina Central de Asesoría Jurídica, Oficina de Coordinación Técnica, Oficina de Relaciones Institucionales, Oficina de Defensa Nacional. • El Jefe de la Oficina General de Administración, respecto de la información que posea o produzca, pudiendo delegar dicha función en los Órganos de Línea a su cargo. • El Gerente Central de Prestaciones de Salud, respecto de la información que posea o produzca, pudiendo delegar dicha función en los Órganos de Línea a su cargo. • El Gerente Central de Prestaciones Económicas y Sociales, respecto a la información que posea o produzca, pudiendo delegar dicha función en los Órganos de Línea a su cargo. • El Gerente Central de Aseguramiento, respecto a la información que posea o produzca, pudiendo delegar dicha función en los Órganos de Línea a su cargo. • El Gerente Central de Infraestructura, respecto a la información que posea o produzca, pudiendo delegar dicha función en los Órganos de Línea a su cargo. • El Jefe de la Oficina Central de Promoción y Gestión de Contratos de Inversiones, respecto a la información que posea o produzca, pudiendo delegar dicha función en los Órganos de Línea a su cargo. • El Defensor de Asegurado, respecto a la información que posea o produzca, pudiendo delegar dicha función de los órganos de Línea a su cargo. • El Jefe del Órgano de Control Institucional, respecto de la información que posea o produzca, pudiendo delegar dicha función de los órganos de Línea a su cargo. 2. NOTIFICAR la presente Resolución a los funcionarios mencionados en el numeral 1 de la presente Resolución. 3. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y adicionalmente, colocar una copia en las marquesinas de todos los órganos que conforman ESSALUD. 4. PUBLICAR la presente Resolución en el Portal Institucional de la Entidad para conocimiento y fines. 5. DEJAR SIN EFECTO todo aquello que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese y comuníquese ALVARO VIDAL RIVADENEYRA Presidente Ejecutivo ESSALUD [El Peruano: 30/05/2012] EDUCACIONENRED.COM |