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Eliminarían «Prohibición de la doble remuneración» para uniformados de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas

Eliminarían «Prohibición de la doble remuneración» para uniformados de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas
Eliminarían «Prohibición de la doble remuneración» para uniformados de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas
PROHIBICIÓN DE LA DOBLE REMUNERACIÓN PARA UNIFORMADOS SERÍA ELIMINADA: Gobierno envío al Congreso proyecto para que los policías y militares en retiro que presten servicios de seguridad ciudadana reciban dos sueldos.

El presidente Ollanta Humala envió al Congreso un proyecto de ley con carácter de urgencia para modificar el artículo 3 de la Ley del Marco de Empleo Público, a fin de que el personal militar o policial en retiro pueda recibir doble remuneración por parte del Estado y ayudar en la lucha contra la delincuencia.

La citada norma detalla que ningún empleado público puede percibir del Estado más de una remuneración, retribución, emolumento o cualquier tipo de ingreso. Es incompatible la percepción simultánea de remuneración y pensión por servicios prestados a la administración pública.

"Las únicas excepciones las constituyen la función docente, la percepción de dietas por participación en uno de los directorios de entidades o empresas públicas y, en el caso de personal militar o policial en situación de retiro, cuando presten servicios de seguridad ciudadana así como otros servicios vinculados a esta, en la administración pública, en cualquiera de sus entidades y niveles de gobierno", señala el texto de la iniciativa.

El proyecto de ley también precisa que los ingresos que perciban los pensionistas de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional por concepto de pensión, remuneración o cualquier otro tipo de ingreso proveniente del Estado, no podrá exceder las seis unidades de ingreso del sector público.

El documento firmado por el jefe de Estado y el primer ministro Óscar Valdés indica que la modificación no implica costo adicional para el erario nacional, ya que los ingresos que puedan percibir dichos pensionistas están considerados en el presupuesto asignado para tal fin en cada entidad.

DESCARGA el proyecto de ley aquí (.PDF)

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