R. M. Nº 037-2012-VIVIENDA - Establecen montos correspondientes a la asignación de recursos que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público efectuará con cargo a los saldos del Fondo para la Reconstrucción - Sismo del 15 de agosto de 2007, para diversos proyectos

MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO

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Normas Legales
R. M. Nº 037-2012-VIVIENDA - Establecen montos correspondientes a la asignación de recursos que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público efectuará con cargo a los saldos del Fondo para la Reconstrucción - Sismo del 15 de agosto de 2007, para diversos proyectos
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MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO

Establecen montos correspondientes a la asignación de recursos que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público efectuará con cargo a los saldos del Fondo para la Reconstrucción - Sismo del 15 de agosto de 2007, para diversos proyectos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037-2012-VIVIENDA


Lima, 16 de febrero de 2012

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29800, Ley que promueve la intervención de las entidades de los Gobiernos Nacional, Regional y Local en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento prioriza los proyectos que se ejecutan en el marco de dicha Ley;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2012-VIVIENDA, se aprobó la priorización de los Proyectos de Inversión Pública conforme el orden establecido en el Anexo que forma parte integrante del mismo Decreto;

Que, el artículo 3 del referido Decreto Supremo, dispone que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establecerán los montos correspondientes a la asignación de recursos que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas efectuará a favor de las entidades ejecutoras que lo soliciten, para el financiamiento de los Proyectos de Inversión Pública que sean priorizados;

Que, el Anexo del Decreto Supremo Nº 006-2012-VIVIENDA, considera en primer orden al Proyecto de Inversión Pública: "Rehabilitación de las redes primarias de agua potable afectadas por el terremoto del 15 de agosto del 2007, en el ámbito de atención de EMAPISCO S.A.", a ejecutarse en la provincia de Pisco, del departamento de Ica;

Que, mediante Informe Nº 007-2012-VIVIENDA/VMCS-DNS-DPP, de fecha 10 de febrero de 2012, se aprobó la estructura de financiamiento del Proyecto de Inversión Pública descrito en el considerando anterior;

Que, del mismo modo, el anexo antes referido, prioriza los siguientes Proyectos de Inversión Pública:

2º "Construcción de pavimentos, veredas y sardineles en las Calles, Amaru Inca Yupanqui, Beatita De Humay, Francisco Lazo, Miguel Grau, Hermanos Ayar, Miramar, San Martín del distrito de Túpac Amaru Inca, provincia de Pisco - Ica"; 3º "Construcción de pavimentos, veredas y sardineles en las Calles Manco Cápac, Yoque Yupanqui, Wiracocha, Atahualpa, Hermanos Ayar, Huayna Cápac y Mayta Cápac, del distrito de Túpac Amaru Inca, provincia de Pisco - Ica"; 4º "Construcción de pistas, veredas y áreas verdes del Sector Los Tigres del PP.JJ. San Clemente, provincia de Pisco - Ica"; y 5º Construcción de pistas, veredas y habilitación de áreas verdes en la calle Demetrio Miranda del Sector Pisco playa del distrito de Pisco, provincia de Pisco - Ica";

Que, mediante Informe Técnico Nº 023-2012-VIVIENDA/VMVU-PMIB, de fecha 10 de febrero de 2012, se emitió el Informe sobre Asignación de Recursos para los cuatro Proyectos de Inversión Pública señalados en el considerando anterior;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los montos correspondientes a cada uno de los Proyectos de Inversión Pública antes descritos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Establecer los montos


correspondientes a la asignación de recursos que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas efectuará con cargo a los saldos del Fondo para la Reconstrucción - Sismo del 15 de agosto de 2007, creado mediante el Decreto de Urgencia Nº 026-2007, hasta cubrir la disponibilidad de recursos, de los siguientes proyectos:

[VER CUADRO ADJUNTO]

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

[El Peruano: 18/02/2012]

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