Publican reglamento de ley para devolución de aportes al FONAVI [FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN]
Gobierno publica reglamento de ley de devolución de aportes del Fonavi (Decreto Supremo Nº 006-2012): El reglamento establece que una comisión ad hoc, con el apoyo de una secretaría técnica, se encargará de la "administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del Fonavi".
La comisión ad hoc efectuará la reconstrucción de la historia laboral de los fonavistas, tomando en consideración los padrones proporcionados por la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP). También elaborará un registro de aportaciones y derechos para conformar una cuenta individual por cada fonavista beneficiario, y realizará un proceso de liquidación para la actualización de cada cuenta. Además deberá notificar y entregar a cada fonavista beneficiario el valor del total actualizado de los aportes y derechos a devolverse a través de un certificado de reconocimiento de aportaciones y derechos del fonavista. La norma establece que los procedimientos administrativos serán gratuitos. La secretaría técnica prestará apoyo técnico, legal y administrativo para cumplir los fines del reglamento y será el enlace administrativo entre la comisión y el Ministerio de Economía. La Comisión recibirá el padrón de la ANFPP, que dio base a la iniciativa legislativa para facilitar el inicio de la identificación y elaboración del Padrón Nacional de Fonavistas y Beneficiarios, el cual será derivado a la secretaría técnica. En caso se verifique que la documentación presentada por las personas es falsa o adulterada se suspenderá el procedimiento y se enviará el expediente al Ministerio Público para las acciones penales que correspondan. La norma incluye dos formularios que los fonavistas tendrán que llenar para el proceso de incripción de devolución de los aportes. En el primero figuran los datos personales, mientras que en el segundo, se pide detalladamente el registro de información de aportes realizados al Fonavi como año, mes, frecuencia, tipo de moneda, monto de remuneración asegurable; entre los periodos julio de 1979 y agosto de 1998. • D. S. N° 006-2012-EF - Aprueban Reglamento de la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo ================================================================== LA PRENSA INFORMA: Aprueban Reglamento de la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo ================================================================== • Gobierno aprueba Reglamento de la Ley de devolución de dinero del Fonavi (RPP.COM.PE) Los procedimientos de administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del FONAVI, serán financiados con cargo al presupuesto institucional del MEF. El Gobierno aprobó la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI, a los trabajadores que contribuyeron con el mismo. La resolución fue publicada en el Diario Oficial El Peruano y entra en vigencia mañana. (VEA el formulario de inscripción al proceso de devolución del FONAVI N°1) (VEA el formulario de inscripción al proceso de devolución del FONAVI N°2) Indica que las acciones y procedimientos de administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del FONAVI regulados en el presente reglamento, serán financiados con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Para este fin, se conformará una Comisión Ad-Hoc que en una primera etapa generará una Base de Datos de Fonavistas Beneficiarios a partir de la información recibida tanto de las instituciones públicas como privadas mencionadas que son la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs, quienes brindarán la información relativa al historial laboral de los trabajadores que aportaron al FONAVI durante su periodo de vigencia. Asimismo, la Comisión realizará diversos procesos de auditoría sobre la calidad de los datos validados y registrados en el sistema informático SIFONAVI. También, se publicaron dos formularios que los fonavistas tendrán que llenar para el proceso de incripción de devolución de los aportes. En el primero figuran los datos personales, mientras que en el segundo, se pide detalladamente el registro de información de aportes realizados al Fonavi como año, mes, frecuencia, tipo de moneda, monto de remuneración asegurable; entre los periodos julio de 1979 y agosto de 1998. La resolución está refrendada por el presidente Ollanta Humala y el ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla. • Publican reglamento de ley de devolución de dinero del Fonavi (EXPRESO.COM.PE) Comisión ad hoc se encargará de asumir administración y recuperación de los fondos. El gobierno, a través del Ministerio de Economía, publicó el reglamento de la ley de devolución de aportes al fenecido Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), que crea una comisión ad hoc que se encargará de asumir la administración y recuperación de esos fondos. Mediante el Decreto Supremo Nº 006-2012 se establece que dicha comisión, con el apoyo de una secretaría técnica, se encargará de la "administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del Fonavi". La comisión ad hoc efectuará la reconstrucción de la historia laboral de los fonavistas, tomando en consideración los padrones proporcionados por la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP). Al respecto el presidente de la comisión ad hoc del Fonavi, Sandro Núñez Paz, señaló que según el reglamento en la primera etapa los fonavistas no deberán presentar ningún tipo de documento sustentatorio lo cual deberán inscribirse nuevamente y de manera gratuita. Además se llevará a cabo la elección de una secretaría técnica que se encargará del proceso de verificación y acreditación de quiénes serán beneficiados con esta ley. "Se elegirá una unidad ejecutora, que sería el brazo técnico que se encargará de llevar a cabo este largo, tedioso y titánico proceso de devolución", dijo. Asimismo se encargará de elaborar los estudios respectivos para conocer con exactitud el número de beneficiarios así como la cantidad total de dinero a devolver. Agregó que se le exigirá al fonavista especificar solo su historia laboral, es decir, el nombre de las instituciones o empresas en las que laboró, así como el periodo en que trabajaron durante sus años de aportes al Fonavi. Esta información servirá a la comisión para identificar los aportes que le corresponde sobre la base de la información disponible en instituciones relacionadas con el tema, como la Oficina de Normalización Previsional (ONP), Superintendencia de Banca y Seguros y AFPs (SBS), Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), Essalud, entre otras. Señaló que el proceso de devolución se llevará a cabo en tres etapas: La primera, comprende las devoluciones a todas las personas mayores de 60 años de edad. Segundo, están comprendidos los aportantes entre 50 y 60 años, y tercero se procederá a devolver los aportes a todos los menores de 50 años. Asimismo, agregó que para la restitución de lo aportado se puede elegir entre seis modalidades distintas que son la devolución a través de dinero en efectivo, por medio de viviendas o en terrenos urbanizados de interés social, en bonos, en compensaciones tributarias y pagos compensatorios de deudas. "Las modalidades las decide el fonavista, y se cree que la mayoría elegirá la devolución en efectivo", señaló. El dato Para la inscripción de todos los beneficiarios se elaborará el Padrón Nacional de Fonavistas la cual será gratuita y sin necesidad, en esta primera etapa, de presentar documentación adicional. ![]() • Publican reglamento para devolución de los aportes al Fonavi (PERU21.PE) Cada beneficiario recibirá un certificado de reconocimiento de aportaciones. El Gobierno crea una comisión ad hoc que se encargará de asumir la administración y recuperación de esos fondos, según resolución. El Gobierno, a través del Ministerio de Economía, publicó hoy el reglamento de la ley de devolución de aportes al fenecido Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), que crea una comisión ad hoc que se encargará de asumir la administración y recuperación de esos fondos. El reglamento establece que dicho grupo, con el apoyo de una secretaría técnica, se encargará de la "administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del Fonavi". La comisión ad hoc efectuará la reconstrucción de la historia laboral de los fonavistas, y tomará en consideración los padrones proporcionados por la Asociación Nacional de Fonavistas del Perú (ANFPP). También elaborará un registro de aportaciones y derechos para conformar una cuenta individual por cada fonavista beneficiario, y realizará un proceso de liquidación para la actualización de cada cuenta. Además, deberá notificar y entregar a cada fonavista beneficiario el valor del total actualizado de los aportes y derechos a devolverse a través de un certificado de reconocimiento de aportaciones y derechos del fonavista. La norma establece que los procedimientos administrativos serán gratuitos, como ya lo había adelantado Perú21 y confirmado el ministro de Economía, Luis Miguel Castilla. La secretaría técnica prestará apoyo técnico, legal y administrativo para cumplir los fines del reglamento y será el enlace administrativo entre la comisión y el Ministerio de Economía. La Comisión recibirá el padrón de la ANFPP, que dio base a la iniciativa legislativa para facilitar el inicio de la identificación y elaboración del Padrón Nacional de Fonavistas y Beneficiarios, el cual será derivado a la secretaría técnica. En caso se verifique que la documentación presentada por las personas es falsa o adulterada se suspenderá el procedimiento y se enviará el expediente al Ministerio Público para las acciones penales que correspondan. • Gobierno aprobó reglamento de ley para devolver aportes del Fonavi (ELCOMERCIO.PE) Según una resolución oficial, se conformará una Comisión Ad-Hoc para que elabore una base de datos de los fonavistas Mediante una resolución publicada hoy en el diario oficial "El Peruano", el gobierno aprobó la Ley de devolución de dinero del Fonavi (Ley N° 29625) a los trabajadores que contribuyeron con el mismo, la cual entrará en vigencia mañana. La norma establece que las acciones y procedimientos de administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del Fonavi regulados en el presente reglamento serán financiados con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas. Para este fin, se conformará una Comisión Ad-Hoc que tendrá como función en una primera etapa generar una base de datos de fonavistas beneficiarios a partir de la información recibida de instituciones públicas como privadas, tales como la ONP y de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). De igual manera, según informó la agencia Andina, la Comisión realizará diversos procesos de auditoría sobre la calidad de los datos validados y registrados en el sistema informático Sifonavi. Como se recuerda, más del 60% de la población votó a favor de la devolución de los aportes a los trabajadores que contribuyeron al Fonavi en octubre del 2010. EDUCACIONENRED.COM |