Rectifican el Anexo 01 «Listado de Medicamentos Oncológicos a ser adquiridos en Compra Corporativa para el Abastecimiento del año 2012» de la R.M. N° 324-2011/MINSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 928-2011/MINSA
Lima, 21 de diciembre de 2011
VISTO, el expediente N° 11-106932-001; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 324-2011/MINSA, de fecha 25 de abril del 2011, aprobó el Listado de Medicamentos Oncológicos a ser adquiridos en Compra Corporativa para el Abastecimiento del año 2012, el cual se detalla en el Anexo Nº 01 de la mencionada Resolución;
Que, en los ítems N° 19, 77 y 78 del mencionado Anexo N° 1 se consigna a los medicamentos denominados Cetuximab, Metotrexato (como Sódico) 50 mg. y Metotrexato (como Sódico) 500 mg, respectivamente;
Que, en el Listado de Bienes y Servicios Comunes del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE se tiene aprobada la Ficha Técnica del medicamento TRIPTORELINA 3.75 mg, Inyectable, cuyo código es A5111181500060200, señalándose que este medicamento se acepta bajo la forma de TRIPTORELINA (como acetato o pamoato);
Que, mediante Memorándums N° 633-2011-DARES/MINSA y 668-2011-DARES/MINSA, la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud informó a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas que como resultado del Estudio de Posibilidades que Ofrece el Mercado efectuado a fin de adquirir los medicamentos incluidos en el Anexo N° 1 de la Resolución Ministerial N° 324-2011/MINSA, las empresas titulares de los únicos registros sanitarios de los medicamentos: Cetuximab 100mg/50ml, Solución para inyección por 50 ml (ítem 19), Metrotexato como sódico, 50 mg - Polvo liofilizado para solución inyectable (ítem 77) y Metotrexato, cómo sódico, 500 mg - Polvo liofilizado para solución inyectable (ítem 78), comunicaron la descontinuación de su comercialización para el caso del ítem N° 19, y que no cuentan con stock para los casos de los ítem N° 77 y 78;
Que, a través del Informe N° 045-2011-DIGEMIDDAUM-ACCESO/MINSA, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas señala que en reunión de trabajo con las Entidades participantes del proceso, ante la descontinuación del medicamento Cetuximab 100mg/50ml, Solución para inyección, aceptaron la posibilidad de modificar las especificaciones técnicas del producto a Cetuximab 100mg/20ml - solución para inyección, toda vez que ambos productos contienen igual cantidad del mismo principio activo por envase, que mantiene la misma forma farmacéutica y que dicho medicamento para su administración requiere de un proceso de preparación de la mezcla oncológica en áreas especializadas;
Que, mediante el mismo Informe, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas indica que para el caso de los medicamentos Metotrexato (como sódico) 50 mg, polvo liofilizado para solución inyectable y Metotrexato (como sódico) 500 mg, polvo liofilizado para solución inyectable, se encuentran incluidos en el Petitorio Único Nacional de Medicamentos Esenciales - PNUME como Metotrexato (como sal sódica) sin preservantes 50 mg inyectable y Metotrexato (comos sal sódica) 500 mg inyectable, respectivamente; en tal sentido, teniendo en cuenta que la descripción inyectable incluye las formas farmacéuticas: solución para inyección, polvo para suspensión inyectable, polvo para solución inyectable polvo para inyección polvo liofilizado para solución inyectable, entre otras, no habría ningún impedimento técnico para modificar la descripción de ambos medicamentos considerando la forma farmacéutica incluida en el PNUME;
Que, el Principio de Razonabilidad, recogido en el literal e) del artículo 4° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1017, establece que el objeto de todos los procesos de selección debe ser razonable en términos cuantitativos y cualitativos, para satisfacer el interés público y el resultado esperado;
Que, asimismo, el Principio de Eficiencia, regulado en el literal f) del artículo 4° del mismo cuerpo normativo, dispone que las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse con el mejor uso de los recursos materiales disponibles;
Que, en virtud a lo expuesto, corresponde emitir el acto resolutivo por el cual se proceda a la modificación del Anexo N° 1 de la Resolución Ministerial N° 324-2011/MINSA;
Con el visado del Director General de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y De conformidad con lo establecido en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Rectificar el Anexo 01 "Listado de Medicamentos Oncológicos a ser adquiridos en Compra Corporativa para el Abastecimiento del año 2012", de la Resolución Ministerial Nº 324-2011/MINSA, de la siguiente manera:
Donde dice: "19 CETUXIMAB 100 mg/50 ml - SOLUCIÓN PARA INYECCIÓN 50 ml.
77 METOTREXATO (COMO SÓDICO) 50 mg - POLVO LIOFILIZADO PARA SOLUCIÓN INYECTABLE
78 METOTREXATO (COMO SÓDICO) 500 mg - POLVO LIOFILIZADO PARA SOLUCIÓN INYECTABLE"
Debe decir: "19 CETUXIMAB 100 mg/20 ml - SOLUCIÓN PARA INYECCIÓN 20 ml
77 METOTREXATO (COMO SÓDICO) - SIN PRESERVANTES 50 mg - SOLUCIÓN PARA INYECCIÓN
78 METOTREXATO (COMO SÓDICO) 500 mg - SOLUCIÓN PARA INYECCIÓN"
Artículo 2°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal Electrónico del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA
Ministro de Salud
[El Peruano: 22/12/2011]
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